1. El presente sorteo (en adelante, el “Sorteo”) es organizado por ESET Latinoamérica S.R.L. (en adelante, el “Organizador”), con domicilio legal en Juan Díaz de Solís 1270 2do Piso, Vicente López, Buenos Aires, República Argentina.-
2. El presente Concurso tendrá vigencia desde las 0 horas el día 1º de enero de 2021 hasta las 24 hs. del día 31/12/2021.-
3. Podrán participar del Sorteo aquellas personas físicas mayores de dieciocho (18) años, domiciliadas en cualquiera de los países que conforman Latinoamérica, exceptuando Brasil.
4. Para participar del sorteo los participantes deberán completar los datos requeridos a tal efecto en un formulario de Survey Monkey embebido en www.somoseset.com (en adelante, el “Formulario”), con los datos que a continuación se mencionan: nombre y apellido, e-mail y país.-
5. La participación en el Sorteo es sin obligación de compra directa ni indirecta ni contratación de servicio alguno, ya que el único modo de participar es completando el formulario en el sitio www.somoseset.com. No serán válidos para participar del Sorteo aquellos Formularios que se encuentren incompletos o que no cumplan con los requisitos descriptos en las presentes bases. Es requisito para participar del Sorteo que todos y cada uno de los datos indicados en el Formulario sean verdaderos, exactos, vigentes y auténticos.-
6. Se realizará un sorteo por mes, es decir que habrá 2 sorteos. El ganador de cada mes recibirá una membresía de 3 meses en Xbox Game Pass Ultimate.
El ganador deberá tener una cuenta gratuita de Microsoft.
7. Sin perjuicio de los sorteos mencionados en el punto anterior. El organizador podrá organizar sorteos sorpresa en los que se entregarán algunos premios adicionales que será notificados específicamente en esa oportunidad.
8. Participarán en el sorteo mensual, todos aquellos Formularios que ingresen antes las 24hs. del último día del mes. Aquellos formularios que ingresen con posterioridad a las 24 hs. del último día del mes, ingresarán al sorteo del siguiente mes, con excepción de los ingresados con posterioridad a las 24 hs. del día 31/12/2021, que quedarán fuera del sorteo.-
9. Los sorteos serán realizados del 1 al 10 de cada mes entre quienes hayan completado el Formulario durante el mes anterior. De allí surgirán de manera aleatoria 3 potenciales ganadores a través del sistema del sitio web www.sortea2.com, que consistente en una herramienta informática que selecciona automáticamente aquellos participantes que hayan cumplido con los requisitos de incluir nombre, apellido, edad, y dirección de correo electrónico.-
10. El ganador será notificado por el Organizador por correo electrónico dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles de realizado el mismo, según los datos consignados en el Formulario de participación. En caso de que el Organizador no pueda contactar al potencial ganador, éste perderá automáticamente la posibilidad de acceder al premio a los diez (10) días hábiles de enviado el correo electrónico. Se procederá a notificar por el mismo medio mencionado precedentemente al nuevo ganador, quién podrá hacerse acreedor del Premio siempre que cumpla con los requisitos exigidos en las presentes Bases. De repetirse la imposibilidad de contactar al nuevo ganador, el premio quedará en manos de ESET.-
11. Los participantes aceptan que la única forma de notificación de la condición de potenciales ganadores de los Premios es vía email consignado en el Formulario. Cualquier error en los datos consignados por los participantes en dicho Formulario es única y exclusiva responsabilidad de los mismos.-
a) Para el supuesto de que el Premio no pueda ser adjudicado a ningún favorecido en el Sorteo, el mismo quedará en poder del Organizador.-
12. El nombre y apellido del ganador será publicado en www.somoseset.com del Organizador y por cualquier otro medio de difusión que éste considere conveniente, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la realización del Sorteo.-
13. Ningún tercero ajeno al Organizador tendrá acceso a la información y/o datos personales que ud. nos provea. Podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, actualización y supresión, contactándose con el Organizador a través del email a marketing@eset-la.com, siempre indicando en el asunto “Datos Personales”. A tal fin, es necesario que especifique su nombre y apellido, dirección y teléfono.-
14. El Organizador no será responsable por ningún costo y/o gasto en que pudieran incurrir los participantes ni los ganadores, quedando tales gastos y costos a cargo exclusivo del mismo. Todos los gastos ocasionados por la gestión que deba realizar el ganador para hacerse acreedor de su Premio, retirar su respectivo Premio y/o participar en este Sorteo, serán soportados por él mismo; incluyendo los gastos de traslado y/o movilidad y/o estadía. Una vez entregado el Premio, el Organizador quedará liberado de toda responsabilidad por el mismo.-
15. El ganador no podrá exigir el cambio del Premio por otro de otra especie, ni por su valor en dinero, ni por un bien distinto al indicado en el punto Seis de las presentes Bases; de modo que el Premio no será negociable.-
16. Los participantes del Sorteo, por el solo hecho de participar en el mismo, autorizan al Organizador a publicar -sin contraprestación alguna- sus datos personales consignados en los Formularios, tales como el nombre y/o apellido, y/o también imágenes de los ganadores y sus familiares, por todos los medios y formas de comunicación que el Organizador crea convenientes y a su exclusivo criterio y decisión; como así también sus fotografías si así lo deseare el Organizador para fines publicitarios, sin derecho a compensación alguna. El organizador podrá utilizar esta autorización durante la vigencia del Sorteo y hasta los trescientos sesenta y cinco (365) días posteriores a la finalización de la misma.-
17. No podrán participar del Sorteo ni hacerse acreedores del Premio antedicho, los empleados del Organizador, ni tampoco los parientes de los mismos por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado inclusive. Los ex empleados del Organizador que se hubieren desvinculado del mismo dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de comienzo del Sorteo tampoco podrán participar, al igual que sus parientes hasta el grado antes mencionado.-
18. El Organizador podrá, a su exclusivo criterio y decisión, modificar la duración de cada uno de los Sorteos, la fecha y/u horario de realización de la elección de cada ganador, el Premio a entregar por otro de idénticas características y valor; pudiendo incluso el Organizador introducir modificaciones a cualquiera de los puntos precedentes dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad, y llevando a cabo, de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender y/o modificar, total o parcialmente, las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas bases, y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.-
19. El simple hecho de participar en este Sorteo implica el total e irrestricto conocimiento y aceptación de todas las condiciones contenidas en las presentes Bases, como así también la aceptación de las modificaciones que eventualmente pudiera realizar el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en ellas; supuestos en los cuales los participantes no tendrán derecho a reclamo alguno.-
20. El presente Sorteo no se encuentra alcanzado por la normativa dictada por Lotería Nacional Sociedad del Estado, y respeta íntegramente y en su totalidad las normas requeridas al respecto de Lealtad Comercial (Ley N° 22.802 y Decreto 1153/97, modificatorias y complementarias), de Protección de Datos Personales (Ley N° 25.326, modificatorias y complementarias), de Defensa del Consumidor (Ley N° 24.240) y de demás normas vigentes, concordantes y conexas aplicables a este tipo de Sorteos.-
Toda relación que en virtud del Sorteo se genere entre el participante y el Organizador será regida por la legislación de la República Argentina, renunciando el participante a cualquier otra ley que por cualquier motivo pudiere corresponderle. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el participante y el Organizador, los Tribunales Ordinarios de la Capital Federal, República Argentina, cualquiera sea la causa de la acción.-
¿Dónde están publicando los ganadores del gamepass?
por qué dice 2021